Sentencia nº 17081 de Cuarta Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 30 de Julio de 2012
A los fines de decidir la inconstitucionalidad o no del artículo 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo, debe analizarse si el resarcimiento establecido por dicha ley resulta irrazonable y no guarde relación con el sistema o la garantía de propiedad. Así, al cónyuge supérstite y los hijos del trabajador fallecido, les asiste el derecho a una pretensión indemnizatoria integral regida por el derecho común cuando el resarcimiento otorgado en base a la Ley de Riesgo del Trabajo resulta exiguo e irrazonablemente insuficiente respecto del daño sufrido y la norma del artículo 39 de la Ley N° 24.557 aparece violatoria de las garantías constitucionales.