El arbitraje es un sistema alternativo de resolución de conflictos que evita a las partes acudir ante los tribunales. Por el acuerdo de ambas partes pueden someter su controversia a un árbitro, cuya decisión, el laudo arbitral, será obligatoria.
La jurisdicción civil no debe operar, en aquellos casos en los que existe en el contrato objeto de debate, una cláusula arbitral con los requisitos que para su validez se fijan en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre de Arbitraje (LArb) o el instrumento normativo que resulte operativo por el carácter del arbitraje que puede ser internacional.